I. El marco normativo aplicable que regule la existencia, atribuciones y funcionamiento del sujeto obligado. II.Su estructura orgánica, los datos principales de su organización y funcionamiento, así como las atribuciones y obligaciones de sus orgános internos. III. El informe anual de actividades. IV, El calendario y agenda de las sesiones de naturaleza no restringida, así como las minutas o actas de las mismas. V. Los gastos en materia de comunicación social. VI. Los viajes oficiales, su costo, itinerario, agenda y resultados. VII. Las cuentas públicas, así como los informes trimestrales de origen y aplicación de los recursos públicos. VIII. El directorio de sus servidores públicos, desde el Titular hasta el nivel de jefe de departamento o sus equivalentes. IX. La remuneración mensual por puesto, incluyendo prestaciones, estímulos o compensaciones y cualquier otra percepción que en dinero o en especie reciban quienes laboran dentro de los sujetos obligados. X. Las convocatorias, criterios y demás información relativa al ingreso, promoción y permanencia de los servidores públicos, de conformidad con las disposiciones del servicio civil de carrera. XI. Los servicios que ofrecen, así como manuales o sistemas en que se precisan los trámites, requisitos y formatos utilizados para los mismos. XII. El inventario y las modificaciones de los bienes inmuebles y vehículos, indicando la persona quien tiene el resguardo de los últimos. XIII. Los convenios celebrados con instituciones públicas o privadas. XIV. Los programas operativos que lleven a cabo, así como las metas y objetivos de éstos. XV. Los informes que, por disposición legal, generen los sujetos obligados. XVI. Las concesiones y autorizaciones estatales otorgadas, especificando sus titulares, concepto y vigencia. XVII. La información sobre el presupuesto asignado, así como los informes sobre su ejecución, los balances generales y los estados financieros. XVIII. Los resultados de las auditorías practicadas y las aclaraciones que correspondan, en su caso. XIX. Los padrones de beneficiarios de programas sociales, así como el monto asignado a cada beneficiario. XX. El padrón de proveedores. XXI. Las convocatorias a concurso público o licitación para las obras públicas, concesiones, adquisiciones, enajenaciones, arrendamientos y prestación de servicios, así como los resultados de aquellos, que contendrán por lo menos: a) La justificación técnica y financiera; b) La identificación precisa del contrato; c) El monto; d) El nombre o razón social de la persona física o jurídica con quien se haya celebrado el contrato; e) El plazo y demás condiciones de cumplimiento; y f) Las modificaciones a las condiciones originales del contrato. XXII. Las contrataciones que se hayan celebrado en los términos de la legislación aplicable detallando por cada contrato: a) Las obras públicas, los bienes adquiridos, arrendados y los servicios contratados; en el caso de estudios o investigaciones deberá señalarse el tema específico; b) El monto; c) El nombre del proveedor, contratista o de la persona física o moral con quienes se haya celebrado el contrato; y d) Los plazos de cumplimiento de los contratos. XXIII. Las personas u organismos y los montos a quienes entreguen, por cualquier concepto, recursos públicos, así como los informes que los primeros les entreguen sobre el uso y destino de dichos recursos. XXIV. Los mecanismos de participación ciudadana de que se disponga. XXV. El nombre, domicilio oficial y dirección electrónica, en su caso, de las unidades de transparencia e información donde se recibirán las solicitudes de información. XXVI. La información necesaria que oriente al solicitante sobre el procedimiento detallado para tener acceso a la información pública del sujeto obligado. XXVII. Cualquier otra información que sea de utilidad o interés general, además de la que con base en la información estadística, responda a las necesidades más frecuentes de las personas. |